Imagen de referencia.
Imagen de referencia.
Foto
Archivo

Share:

Las duras sanciones que tendrían los conductores y usuarios de plataformas de transporte

Podrían quedarse sin su vehículo por tres meses y multas de con multa desde 30 y hasta 180.000 UVB, cuyo valor es de $12.110.

El proyecto de ley que radicaron el Ministerio de Transporte y la Superintendencia de Transporte establecería, en caso de ser aprobado, establecerá duras sanciones contra los conductores de plataformas y los usuarios.

El artículo 29 señala que los conductores que realicen "transporte ilegal" a través de estas plataformas será sancionado con multa desde 30 y hasta 180.000 Unidades de Valor Básico que, para este año, es de $12.110.

Pero no solo la multa, el vehículo también será inmovilizado, bajo los siguientes contextos: "Cuando se compruebe que con el equipó se presta un servicio no autorizado, en este caso el vehículo y/o equipo será inmovilizado la primera vez por el término de 30 días, la segunda vez por 60 días y en las siguientes ocasiones cada vez por el término de 90 días"

Además: "Cuando se compruebe que con el vehículo sé presta un servicio informal o ilegal de transporte, en este caso, el vehículo y/o equipo será inmovilizado la primera vez por el término de 60 días, la segunda vez por 90 días y en las siguientes ocasiones cada vez por por el término de 120 días"

El proyecto de ley también presenta sanciones contra los usuarios que soliciten estos servicios serán sancionados con multa de 390 Unidades de Valor Básico, es decir, 4.7 millones de pesos. 

La normativa advierte que esta sanción es por cada evento, es decir, por cada recorrido o servicio que solicite. 

En el artículo 68, el Ministerio de Transporte señala que los servicios de transporte ilegales son un factor con la potencialidad de afectar el orden público y la convivencia pacífica y en ese sentido, "es su control a su vez una obligación de la Policía Nacional en atención al carácter preventivo de sus funciones"

"Para el efecto, esta institución estará directamente obligada a operar con la capacidad institucional y las herramientas legales y tecnológicas de punta a su disposición para contrarrestar el fenómeno", agregó.

En todo caso, estas acciones deberán estar articuladas con las acciones de las autoridades de tránsito y transporte, así como acompañarse de las medidas sociales e institucionales que deberán adoptarse por la entidad territorial para atender la afectación a la población que de esta actividad deriva el sustento.

Más sobre este tema: